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    • Ley 1502 de 2011
    • Artículo 10. Vigencia

    Ley 1502 de 2011
    Artículo 10. Vigencia

    La presente ley rige a partir de su promulgación.





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    Estructura Ley 1502 de 2011

    Artículo 1o. Cultura de la seguridad social

    Artículo 2o. Articulación

    Artículo 3o. Semana de la seguridad social

    Artículo 4o. Jornada nacional por una cultura de seguridad social

    Artículo 5o. Adopción del programa estrategia regional para una ciudadanía con cultura en seguridad social: seguridad social para todos

    Artículo 6o. Incorporación de la seguridad social en los programas de estudio

    Artículo 7o

    Artículo 8o. Otras formas de fomento a la cultura de la seguridad social

    Artículo 9o. Reglamentación

    Artículo 10. Vigencia

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