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  • Ley 1502 de 2011
  • Artículo 10. Vigencia

Ley 1502 de 2011
Artículo 10. Vigencia

La presente ley rige a partir de su promulgación.





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Estructura Ley 1502 de 2011

Artículo 1o. Cultura de la seguridad social

Artículo 2o. Articulación

Artículo 3o. Semana de la seguridad social

Artículo 4o. Jornada nacional por una cultura de seguridad social

Artículo 5o. Adopción del programa estrategia regional para una ciudadanía con cultura en seguridad social: seguridad social para todos

Artículo 6o. Incorporación de la seguridad social en los programas de estudio

Artículo 7o

Artículo 8o. Otras formas de fomento a la cultura de la seguridad social

Artículo 9o. Reglamentación

Artículo 10. Vigencia

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