Artículo 1o - El artículo 213 del Código Civil quedará así: Artículo 213....
Artículo 2o - El artículo 214 del Código Civil quedará así: Artículo 214....
Artículo 3o - Deróguese el artículo 215 del Código Civil.
Artículo 4o - El artículo 216 del Código Civil quedará así: Artículo 216....
Artículo 5o - El artículo 217 del Código Civil quedará así: Artículo 217....
Artículo 6o - El artículo 218 del Código Civil quedará así: Artículo 218....
Artículo 7o - El artículo 219 del Código Civil quedará así: Artículo 219....
Artículo 8o - El artículo 222 del Código Civil quedará así: Artículo 222....
Artículo 9o - El artículo 223 del Código Civil quedará así: Artículo 223....
Artículo 10 - El artículo 224 del Código Civil quedará así: Artículo 224....
Artículo 11 - El artículo 248 del Código Civil quedará así: Artículo 248....
Artículo 12 - Deróguese el artículo 336 del Código Civil.
Artículo 13 - El artículo 337 del Código Civil quedará así: Artículo 337....
Artículo 14 - La presente ley rige a partir de la fecha de...