Las actividades espaciales podrán ser desarrolladas al interior del territorio nacional por personas naturales o jurídicas, de carácter público o privado.
Se podrán desarrollar las siguientes actividades espaciales controladas, previo control y supervisión del Ministerio de Defensa Nacional - Fuerza Aérea Colombiana:
a) Lanzamiento de vehículos orbitales.
b) Pruebas de vehículos orbitales.
e) Lanzamiento de vehículos suborbitales.
d) Pruebas de vehículos suborbitales.