Ley 2179 de 2021
Capítulo VII

Artículo 29. Situaciones administrativas - Son las circunstancias en que puede encontrarse el Patrullero de...

Artículo 30. Destinación - Es el acto por medio del cual el Director General...

Artículo 31. Traslado - Es el acto de autoridad competente, por el cual se...

Artículo 32. Encargo - Es la situación administrativa mediante la cual el Patrullero de...

Artículo 33. Franquicia - Es el descanso que se le concede al Patrullero de...

Artículo 34. Comisión - Es la situación administrativa por medio de la cual la...

Artículo 35. Clasificación de las comisiones - De conformidad con los términos descritos en el artículo anterior,...

Artículo 36. Licencia - Es la cesación transitoria en el desempeño del cargo y...

Artículo 37. Licencia remunerada - Es la concedida por el Director General de la Policía...

Artículo 38. Licencia sin derecho a sueldo - El Director General de la Policía Nacional podrá conceder licencias...

Artículo 39. Licencia de maternidad o por adopción - Es la cesación remunerada durante dieciocho (18) semanas en el...

Artículo 40. Licencia por aborto - Cuando en el período de gestación sobrevenga el aborto, la...

Artículo 41. Licencia por paternidad - Es la cesación remunerada en el ejercicio del cargo y...

Artículo 42. Licencia por luto - El Patrullero de Policía tendrá derecho a una licencia por...

Artículo 43. Licencia especial - El Director General de la Policía Nacional podrá conceder licencia...

Artículo 44. Excusa del servicio por incapacidad Médica - Es la condición de inhabilidad física o mental del Patrullero...

Artículo 45. Permiso - Es la ausencia temporal en el ejercicio de funciones del...

Artículo 46. Vacaciones - Es la situación administrativa en la cual el Patrullero de...

Artículo 47. Suspensión provisional en proceso disciplinario - Es la cesación temporal en el ejercicio de las funciones...