Ley 1810 de 2016
Artículo 4o

Encárguese al Ministerio de Cultura la elaboración de una escultura de Francisco José de Caldas, la cual se ubicará en un lugar visible que permita recordar a los colombianos sus aportes y sirva de inspiración para las futuras generaciones.

Dicha estatua se revelará en la ceremonia especial que menciona el artículo anterior.