Ley 1599 de 2012
Artículo 3o

Encárguese a la Unidad Administrativa Especial Biblioteca Nacional la recopilación y selección de las obras del doctor Alfonso López Michelsen, las cuales serán compiladas y publicadas por el Senado y la Cámara de Representantes y difundidas ampliamente como docencia democrática del derecho público, las relaciones internacionales y la ciencia política.

Y autorícese al Gobierno Nacional para que a través del Ministerio de Cultura se publique un libro biográfico e ilustrativo del doctor Alfonso López Michelsen, y que se distribuya un ejemplar en la Biblioteca del Congreso de la República, la Biblioteca Nacional y la Biblioteca Luis Ángel Arango en Bogotá.