Ley 1560 de 2012
Artículo 3o

Autorícese al Gobierno Nacional para que en cumplimiento y de conformidad con los artículos 288, 334, 341 y 345 de la Constitución Política y de las competencias establecidas en la Ley 715 de 2001 asigne en el Presupuesto General de la Nación, y/o promueva a través del Sistema Nacional de Cofinanciación, las partidas presupuestales necesarias a fin de adelantar las siguientes obras de interés público y social, promotoras del desarrollo regional, que beneficiarán a la comunidad del municipio de Zipaquirá, en el departamento de Cundinamarca:

1. Construcción Megacolegio Zipaquirá.

2. Construcción centro artesanal y de servicios turísticos.

3. Desarrollo vial para una gran ciudad, y

4. Construcción y/o terminación de la ciudadela universitaria y la adecuación de la infraestructura universitaria.