Ley 1167 de 2007
Artículo 6o

Autorízase al Gobierno para la emisión de una estampilla que deberá estar en circulación por los mismos días que se celebra el natalicio del ilustre Presidente, el 8 de abril del año 2008, con la siguiente leyenda: “Carlos Lleras Restrepo, Desarrollo con criterio social”.