Código nacional de tránsito terrestre
Titulo II



Capitulo I

Artículo 12. Naturaleza - <Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley 2283...

Artículo 13. Formación instructores en conducción - Para la formación de instructores en conducción, se requerirá autorización...

Artículo 14. Capacitación - <Artículo modificado por el artículo 3 de la Ley 2283...

Artículo 15. Constitución y funcionamiento - <Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley 1397...

Artículo 16. Capacitación vehículos de servicio público - Los Centros de Enseñanza Automovilística ofrecerán dentro de sus programas...

Capitulo II

Artículo 17. Otorgamiento - <Artículo modificado por el artículo 6 de la Ley 2251...

Artículo 18. Facultad del titular - <Artículo modificado por el artículo 195 del Decreto 19 de...

Artículo 19. Requisitos - <Artículo modificado por el artículo 7 de la Ley 2251...

Artículo 20 - El Ministerio de Transporte definirá mediante resolución las categorías de...

Artículo 21. Limitados físicos - Quien padezca una limitación física parcial podrá obtener la licencia...

Artículo 22. Vigencia de la licencia de conducción - <Ver Notas de Vigencia> <Artículo modificado por el artículo 197...

Artículo 23. Renovación de licencias - <Artículo modificado por el artículo 198 del Decreto 19 de...

Artículo 24. Recategorización - El titular de una licencia de conducción podrá solicitar ante...

Artículo 25. Licencias extranjeras - Las licencias de conducción, expedidas en otro país, que se...

Artículo 26. Causales de suspensión o cancelación - <Artículo modificado por el artículo 7 de la Ley 1383...

Capitulo III

Artículo 27. Condiciones de cambio de servicio - Todos los vehículos que circulen por el territorio nacional deben...

Artículo 28. Condiciones tecnomecánicas, de emisiones contaminantes y de operación - <Artículo modificado por el artículo 8 de la Ley 1383...

Artículo 29. Dimensiones y pesos - Los vehículos deberán someterse a las dimensiones y pesos, incluida...

Artículo 30. Equipos de prevención y seguridad - Ningún vehículo podrá transitar por las vías del territorio nacional...

Artículo 31. Salida de emergencia - Todo vehículo dedicado al transporte colectivo de pasajeros debe tener...

Artículo 32. Condiciones de la carga - La carga de un vehículo debe estar debidamente empacada, rotulada,...

Artículo 33. Permiso para carga - El Ministerio de Transporte definirá lo referente a permisos para...

Capitulo IV

Artículo 34. Porte - En ningún caso podrá circular un vehículo automotor sin portar...

Artículo 35. Expedición - La licencia de tránsito será expedida por cualquier organismo de...

Artículo 36. Elaboración - El formato de la licencia de tránsito será único nacional,...

Artículo 37. Registro inicial - El registro inicial de un vehículo se podrá hacer en...

Artículo 38. Contenido - La licencia de tránsito contendrá, como mínimo, los siguientes datos:...

Artículo 39. Matrículas y traslados de cuenta - <Artículo modificado por el artículo 199 del Decreto 19 de...

Artículo 40. Cancelación - La licencia de tránsito de un vehículo se cancelará a...

Artículo 41. Vehículos extranjeros - Los vehículos registrados legalmente en otros países, que se encuentren...

Capitulo V

Artículo 42. Seguros obligatorios - Para poder transitar en el territorio nacional todos los vehículos...

Capitulo VI

Artículo 43. Diseño y elaboración - Corresponde al Ministerio de Transporte diseñar y establecer las características...

Artículo 44. Clasificación - Las placas se clasifican, en razón del servicio del vehículo,...

Artículo 45. Ubicación - <Artículo modificado por el artículo 200 del Decreto Ley 19...

Capitulo VII

Artículo 46. Inscripción en el registro - Todo vehículo automotor, registrado y autorizado para, circular por el...

Artículo 47. Tradición del dominio - La tradición del dominio de los vehículos automotores requerirá, además...

Artículo 48. Información al registro nacional - Las autoridades judiciales deberán informar al organismo de tránsito donde...

Artículo 49. Autorización previa para cambio de características - Cualquier modificación o cambio en las características que identifican un...

Capítulo VIII

Artículo 50. Condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad - <Artículo modificado por el artículo 10 de la Ley 1383...

Artículo 52. Primera revisión de los vehículos automotores - <Ver Notas del Editor> <Artículo modificado por el artículo 179...

Artículo 53. Centros de diagnóstico automotor - <Artículo modificado por el artículo 111 del Decreto Ley 2106...

Artículo 54. Registro computarizado - <Artículo modificado por el artículo 14 de la Ley 1383...