Por la cual se reglamenta el servicio de reclutamiento, control de reservas y la movilización.
Título VIII

Artículo 64. Componente social del servicio militar obligatorio - De acuerdo a las necesidades de la Fuerza Pública y...

Artículo 65. Información para fines de reclutamiento - La Registraduría Nacional del Estado Civil suministrará a la Dirección...

Artículo 66. Interoperabilidad sistemas de información para fines de definición de la situación militar - El Ministerio del Interior, la Agencia Nacional para la Superación...

Artículo 67. Establecimientos educativos autorizados como colegios militares o policiales - El Ministerio de Defensa Nacional reglamentará y autorizará la orientación...

Artículo 68. Destinación - Es el acto a través del cual el Comandante de...

Artículo 69. Traslado - Es el acto de obligatorio cumplimiento por el cual el...

Artículo 70. Desacuartelamiento - Es el acto mediante el cual el Comandante de la...

Artículo 71. Causales de desacuartelamiento del servicio militar - Son causales de desacuartelamiento del servicio militar, las siguientes: a)...

Artículo 72. Casos especiales expedición tarjeta de reservista - El ciudadano desacuartelado de acuerdo con el artículo 70 de...

Artículo 73. Jornadas especiales - El Ministro de Defensa Nacional podrá realizar jornadas especiales en...

Artículo 74. Disposiciones varias - Continuarán vigentes los artículos de las Leyes 1448 y 1450...

Artículo 75. Reconocimiento de indemnización contencioso administrativa - Las personas que ingresen a las filas de la Fuerza...

Artículo 76. Régimen de transición - Los colombianos que a la entrada en vigencia de la...

Artículo 77. Competencia - El Ministerio de Defensa conocerá de las declaraciones de objeción...

Artículo 78. Atribuciones - La Comisión de Objeción de Conciencia tendrá las siguientes competencias:...

Artículo 79. Del procedimiento - Para ser reconocido como objetor de conciencia al servicio militar...

Artículo 80. De los términos para resolver - La Comisión Interdisciplinaria de Objeción de Conciencia dispondrá de un...

Artículo 81. Vigencia - La presente ley rige a partir de su promulgación, y...