Artículo 1o - <Ver Notas de Vigencia> Amplíase en trece mil millones de...
Artículo 2o - Amplíase en cuatro mil quinientos millones de dólares de los:...
Artículo 3o - Autorícese a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito...
Artículo 4o - La presente ley rige a partir de la fecha de...