Por la cual se amplían las autorizaciones conferidas al Gobierno nacional para celebrar operaciones de crédito público externo e interno y operaciones asimiladas a las anteriores, así como para garantizar obligaciones de pago de otras entidades y se dictan disposiciones sobre emisión de Títulos de Tesorería TES Clase “B” con el fin de atender la eventual liquidación de la Caja Nacional de Previsión Social de Comunicaciones (Caprecom).

Artículo 1o - <Ver Notas de Vigencia> Amplíase en trece mil millones de...

Artículo 2o - Amplíase en cuatro mil quinientos millones de dólares de los:...

Artículo 3o - Autorícese a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito...

Artículo 4o - La presente ley rige a partir de la fecha de...