Ley 1476 de 2011
Título I

ARTÍCULO 12. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Las disposiciones contenidas en la presente ley se aplicarán a sus destinatarios cuando den lugar a la pérdida o daño de bienes de propiedad o al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas o la Fuerza Pública.

Artículo 13. Destinatarios - Son destinatarios las personas naturales que presten sus servicios en...