Artículo 1o - La República de Colombia exalta la memoria del abogado, político,...
Artículo 2o - El Gobierno Nacional emitirá una estampilla conmemorativa del centenario del...
Artículo 3o - El Ministerio de Educación Nacional, por sí mismo o a...
Artículo 4o - El Ministerio de Defensa Nacional, por sí mismo o a...
Artículo 5o - El Ministerio de Comunicaciones, por sí mismo o a través...
Artículo 6o - El Ministerio de Cultura, por sí mismo o a través...
Artículo 7o - La Defensa Civil Colombiana, a partir de la fecha, llevará...
Artículo 8o - El Gobierno Nacional, mediante acto administrativo, creará una comisión de...
Artículo 9o - Autorícese al Gobierno Nacional para apropiar las partidas necesarias a...
Artículo 10 - La presente ley rige a partir de la fecha de...