Código general disciplinario
Título VI

Artículo 147. Necesidad y carga de la prueba - Toda decisión interlocutoria y el fallo disciplinario deben fundarse en...

Artículo 148. Imparcialidad del funcionario en la búsqueda de la prueba - El funcionario buscará la verdad real. Para ello deberá investigar...

Artículo 149. Medios de prueba - Son medios de prueba la confesión, el testimonio, la peritación,...

Artículo 150. Libertad de pruebas - La falta y la responsabilidad del investigado podrán demostrarse con...

Artículo 151. Petición y negación de pruebas - Los sujetos procesales pueden aportar y solicitar la práctica de...

Artículo 152. Práctica de pruebas por comisionado - El funcionario competente podrá comisionar para la práctica de pruebas...

Artículo 153. Práctica de pruebas en el exterior - La práctica de las pruebas o de diligencias en territorio...

Artículo 154. Prueba trasladada - Las pruebas practicadas válidamente en una actuación judicial o administrativa,...

Artículo 155. Aseguramiento de la prueba - El funcionario competente de la Procuraduría General de la Nación,...

Artículo 156. Apoyo técnico - El servidor público que conozca de la actuación disciplinaria podrá...

Artículo 157. Oportunidad para controvertir la prueba - Los sujetos procesales podrán controvertir las pruebas a partir del...

Artículo 158. Inexistencia de la prueba - La prueba recaudada sin el lleno de las formalidades sustanciales...

Artículo 159. Apreciación integral de las pruebas - Las pruebas deberán apreciarse conjuntamente, de acuerdo con las reglas...

Artículo 160. Prueba para sancionar - No se podrá proferir fallo sancionatorio sin que obre en...

Capítulo I

Artículo 161. Requisitos de la confesión o aceptación de cargos - <Artículo modificado por el artículo 29 de la Ley 2094...

Artículo 163. Criterios para la apreciación - Para apreciar la confesión y determinar su mérito probatorio, el...

Capítulo II

Artículo 164. Deber de rendir testimonio - Toda persona está en la obligación de rendir bajo juramento...

Artículo 165. Testigo renuente - Cuando el testigo citado se muestre renuente a comparecer, podrá...

Artículo 166. Excepción al deber de declarar - El servidor público informará a quien vaya a rendir testimonio...

Artículo 167. Excepciones por oficio o profesión - No están obligados a declarar sobre aquello que se les...

Artículo 168. Amonestación previa al juramento - Toda autoridad a quien corresponda tomar juramento amonestará previamente a...

Artículo 169. Testigo impedido para concurrir - Si el testigo estuviere físicamente impedido para concurrir al despacho...

Artículo 170. Testimonio por certificación jurada - El testimonio por certificación jurada se recaudará mediante la formulación...

Artículo 171. Testimonio de agente diplomático - Cuando se requiera testimonio de un ministro o agente diplomático...

Artículo 172. Examen separado de testigos - Los testigos serán interrogados separadamente, de tal manera que no...

Artículo 173. Prohibición - El funcionario se abstendrá de sugerir respuestas, de formular preguntas...

Artículo 174. Recepción del testimonio - Los testimonios serán recogidos y conservados por el medio más...

Artículo 175. Práctica del interrogatorio - La recepción del testimonio se sujetará a las siguientes reglas:...

Artículo 176. Criterios para la apreciación del testimonio - Para apreciar el testimonio, el funcionario tendrá en cuenta los...

Capítulo III

Artículo 177. Procedencia - La autoridad disciplinaria podrá decretar, de oficio o a petición...

Artículo 178. Impedimentos y recusaciones del perito - Los peritos están impedidos y son recusables por las mismas...

Artículo 179. Requisitos y práctica - El perito tomará posesión de su cargo jurando cumplir fielmente...

Artículo 180. Contradicción del dictamen - Recibido el dictamen, el funcionario competente examinará que se haya...

Artículo 181. Comparecencia del perito a la audiencia - De oficio o a petición de los sujetos procesales, se...

Artículo 182. Apreciación del dictamen - Al apreciar el dictamen se tendrá en cuenta su solidez,...

Artículo 183. Trámite de la objeción del dictamen - El dictamen rendido como prueba de las objeciones no es...

Artículo 184. Examen Médico o paraclínico - Para los efectos de la comprobación de la conducta disciplinaria,...

Capítulo IV

Artículo 185. Procedencia - Para la individualización de autores y su posterior vinculación o...

Artículo 186. Requisitos - La inspección disciplinaria se decretará por medio de providencia que...

Capítulo V

Artículo 187. Naturaleza de la queja y del informe - Ni la queja ni el informe ni otros medios que...

Artículo 188. Aporte - Los documentos se aportarán en original o copia y, solo...

Artículo 189. Obligación de entregar documentos - Salvo lo contemplado en el artículo 154 y demás excepciones...

Artículo 190. Documento tachado de falso - Cuando el documento tachado de falso se hallare en otro...

Artículo 191. Presunción de autenticidad - Los documentos allegados al proceso se presumen auténticos, así como...

Artículo 192. Informaciones y documentos reservados - Solo tendrán carácter reservado las informaciones y documentos expresamente sometidos...

Artículo 193. Informes técnicos - Los funcionarios podrán requerir a entidades públicas o privadas informes...

Artículo 194. Requisitos - Los informes se rendirán bajo juramento, serán motivados y en...

Artículo 195. Traslado - Los informes se pondrán en conocimiento de las partes por...

Capítulo VI

Artículo 196. Elementos - Todo indicio ha de basarse en la experiencia y supone...

Artículo 197. Unidad de indicio - El hecho indicador es indivisible. Sus elementos constitutivos no pueden...

Artículo 198. Prueba del hecho indicador - El hecho indicador debe estar probado.

Artículo 199. Apreciación - El funcionario apreciará los indicios en conjunto teniendo en cuenta...