Código de extinción de dominio
Título IV

Artículo 116. Etapas - <Artículo modificado por el artículo 28 de la Ley 1849...

Capítulo I

Artículo 117. Fase inicial - La acción de extinción de dominio se adelantará de oficio...

Artículo 118. Propósito - La fase inicial tendrá como propósito el cumplimiento de los...

Artículo 119. Deber de denuncia de bienes ilícitos - Toda persona deberá informar a la Fiscalía General de la...

Artículo 120. Retribución - <Artículo modificado por el artículo 29 de la Ley 1849...

Artículo 121. Cooperación interinstitucional - Los servidores públicos están en la obligación de brindar toda...

Artículo 122. Inoponibilidad de secreto o reserva - <Artículo modificado por el artículo 30 de la Ley 1849...

Artículo 123. De la conclusión de la fase inicial - <Artículo modificado por el artículo 32 de la Ley 1849...

Artículo 124. Del archivo - El Fiscal General de la Nación o su delegado podrán...

Artículo 125. Desarchivo - El Fiscal General de la Nación o su delegado podrá...

Artículo 126. Fijación provisional de la pretensión - <Artículo derogado por el artículo 58 de la Ley 1849...

Artículo 127. Comunicación de la resolución de fijación provisional de la pretensión - <Artículo derogado por el artículo 58 de la Ley 1849...

Artículo 128. Informalidad de la comunicación - La fase inicial atenderá al principio de informalidad mediante el...

Artículo 129. De las oposiciones - <Artículo derogado por el artículo 58 de la Ley 1849...

Artículo 130. De las excepciones e incidentes - En el proceso de extinción de dominio no habrá lugar...

Artículo 131. Requerimiento de extinción de dominio o de declaratoria de improcedencia - <Artículo derogado por el artículo 58 de la Ley 1849...

Artículo 133. De la sentencia anticipada de extinción de dominio - <Artículo modificado por el artículo 39 de la Ley 1849...

Artículo 134. Sentencia anticipada especial - El mismo procedimiento previsto en la norma anterior se seguirá...

Artículo 135. Requerimiento de sentencia anticipada - En los casos previstos en los artículos anteriores, el Fiscal...

Artículo 136. Trámite del requerimiento de declaratoria de improcedencia - Recibido el acto de requerimiento de declaratoria de improcedencia presentado...

Capítulo IV

Artículo 137. Inicio de juicio - <Artículo modificado por el artículo 40 de la Ley 1849...

Artículo 138. Notificación del inicio del juicio - <Artículo modificado por el artículo 41 de la Ley 1849...

Artículo 139. Aviso - <Artículo modificado por el artículo 42 de la Ley 1849...

Artículo 140. Emplazamiento - <Artículo adicionado por el artículo 11 de la Ley 2195...

Artículo 141. Traslado a los sujetos procesales e intervinientes - <Artículo modificado por el artículo 43 de la Ley 1849...

Artículo 142. Decreto de pruebas en el juicio - Vencido el término de traslado previsto en el artículo anterior,...

Artículo 142b. Causales - <Artículo adicionado por el artículo 45 de la Ley 1849...

Artículo 143. Práctica de pruebas en el juicio - El juez tendrá treinta (30) días para practicar las pruebas...

Artículo 144. Alegatos de conclusión - Practicadas las pruebas ordenadas por el juez, este correrá traslado...

Artículo 145. Sentencia - Vencido el término del traslado para alegatos, el juez dictará...

Artículo 146. Notificación de la sentencia - La sentencia se notificará personalmente a los sujetos procesales e...

Artículo 147. Contradicción de la sentencia - Contra la sentencia sólo procederá el recurso de apelación interpuesto...