Código contencioso administrativo
Titulo XV

Artículo 135. Posibilidad de demanda ante la jurisdiccion de lo contencioso administrativo contra actos particulares - <Código derogado por el artículo 309 de la Ley 1437...

Artículo 136. Caducidad de las acciones - <Código derogado por el artículo 309 de la Ley 1437...

Articulo 137. Contenido de la demanda - <Código derogado por el artículo 309 de la Ley 1437...

Articulo 138. Individualizacion de las pretensiones - <Código derogado por el artículo 309 de la Ley 1437...

Articulo 139. La demanda y sus anexos - <Código derogado por el artículo 309 de la Ley 1437...

Articulo 140. Comprobante de consignacion - <Código derogado por el artículo 309 de la Ley 1437...

Articulo 141. Normas juridicas de alcance no nacional - <Código derogado por el artículo 309 de la Ley 1437...

Articulo 142. Presentacion de la demanda - <Código derogado por el artículo 309 de la Ley 1437...

Articulo 143. Inadmision y rechazo de la demanda - <Código derogado por el artículo 309 de la Ley 1437...

Articulo 144. Contestacion de la demanda - <Código derogado por el artículo 309 de la Ley 1437...

Articulo 145. Demanda de reconvencion - <Código derogado por el artículo 309 de la Ley 1437...

Articulo 146. Intervencion de terceros - <Código derogado por el artículo 309 de la Ley 1437...

Articulo 147. Las audiencias publicas - <Código derogado por el artículo 309 de la Ley 1437...

Articulo 148. Perencion del proceso - <Código derogado por el artículo 309 de la Ley 1437...